Una democracia constitucional implica un modus interactivo entre el afán del autogobierno popular y los lindes que el mismo autogobierno establece normativamente o de facto. El documento normativo que rige los designios de cada nación, establece la estructura de una colectividad política y consagra un catálogo de derechos fundamentales, es la Constitución. ¿Por qué el estado constitucional es aquel que reconoce derechos fundamentales y a la par divide y controla el poder político?
Son elementos interdependientes. La conexión entre ambos elementos se cristaliza con un hecho consistente en que los derechos individuales son los límites del poder político, tanto en el sentido negativo como positivo, el Estado no tiene facultad de decidir en desmedro de esos derechos, su fin es asegurar el disfrute por parte de los sujetos cívicos. La seguridad ciudadana en este sentido, compete al Estado Constitucional.
Hay una postura un tanto cándida, que presenta a la seguridad ciudadana como un elemento que está en franca contraposición con el valor superior de la libertad. Dicha postura, propugna que la aspiración del ciudadano de “asegurarse” tiene un precio, la pérdida total de libertad. A los efectos de este ensayo, sostengo que la posición descrita está lejos de ajustarse a la realidad. La rigurosa dicotomía planteada fue superada. El ejercicio de la libertad presupone un entorno seguro (véase el monopolio de la violencia legítima, útil y eficaz para dejar atrás el escenario primordial de toda guerra).
En este caso, la seguridad es una herramienta puesta al servicio de los derechos individuales, en constante interacción con otros valores implícitos en un Estado Social de Derecho como la solidaridad y la tolerancia. Ante los malentendidos vinculados con la concepción de seguridad, vale aclarar que la auténtica acepción no es compatible con una interpretación cerrada que contemple únicamente la acción de la fuerza pública, más bien, constituye la desembozada expresión de una política cuya raigambre reside en los principios de ciudadanía, prevención y eficacia.
Todo, desde la división de poderes hasta las vías de participación cívica, constituyen medicamentos empleados para establecer un control al abuso del poder y asegurar el ejercicio de los derechos fundamentales.
Cuando el poder comete abusos y excede los límites que fueron prescriptos en el documento fundacional, se produce un claro desequilibrio, en consecuencia nace una facultad que procede de un valor intrínseco al esquema constitucional.
El desequilibrio se produce con meridiana frecuencia en los gobiernos autoritarios en los que la prevalencia de la seguridad, ya no consiste en un valor, es un fundamento mismo del régimen e implica la supresión de las libertades de la persona y la aniquilación de toda disidencia. En casos similares, en consonancia a los preceptos constitucionales se autoriza a los integrantes del tejido social a resistir a los usurpadores.
En principio, la seguridad y la libertad son binomios inseparables, lejos de estimular la creación de un estado abstencionista (que olvide el propósito de aquel pacto en virtud del cual se debe lograr la preservación del interés de cada quien) la democracia constitucional reafirma el rol de un Estado gestor y equilibrador en lo que respecta a la libertad individual como motor de la sociedad.
En otras palabras, el último fin es la realización de una armonía social que concilie la protección integral de las personas con las exigencias de los intereses colectivos. Siempre y cuando se cumpla con éste objetivo los afanes estatales están justificados y legitimados.
Una sociedad marcada por profundas injusticias fue lo que debió haber llevado a ciertos pensadores a hipotizar la existencia de una edad de oro en la que la paz tenía un carácter sempiterno. La realidad dista de tener revestimientos justos y el hombre hasta en un estado de barbarie primigenia tiene determinadas facultades, que no puede hacer valer con efectividad si no es instituyendo un acuerdo de voluntades que logre afianzar la seguridad del núcleo social.
Se justifica plenamente la existencia de un centro que logre nuclear aquellos valores deseables de una sociedad. Al reprimir la intolerancia y al proteger bienes jurídicos tutelados por la Carta Magna el Estado está refrendando entre otras cosas el fundamento en que se apoya la construcción de la forma de gobierno democrática.
La consolidación de la democracia requiere una digestión axiológica colectiva que desemboca en un reconocimiento de los derechos y de las obligaciones, nos exhorta a asumir el principio de pluralidad, la diversidad, y a renunciar a maniqueísmos políticos o posiciones dogmáticas.
Lectura: Amaya, J. A. (2014). Democracia y minoría politica . Buenos Aires: Astrea.