Segunda República; sufragio femenino y ciudadanía

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En 1927 durante la Dictadura del general Primo de Rivera, se había barajado la posibilidad de convocar elecciones y constituir una Asamblea Nacional. En la Gaceta de Madrid se publicó un Real Decreto mediante el cual se recogía el voto para todas las mujeres solteras o viudas mayores de 23 años, sin embargo, esto no tuvo realmente consecuencias practicas (más allá de la elección de trece diputadas para la Asamblea Nacional abierta el 11 de octubre de 1927) puesto que las elecciones no llegaron a celebrarse.

La Segunda República española fue proclamada el 14 de abril de 1931. Dos días antes, se había celebrado la segunda vuelta de unas elecciones municipales convocadas por la Monarquía. Tras la caída de la dictadura de Primo de Rivera y el indefinido gobierno de Berenguer calificado por la prensa como “dictablanda”, Alfonso XIII nombró presidente al almirante Juan Bautista Aznar que propuso la celebración primero de elecciones municipales, y después, unas elecciones a Cortes que tendrían el carácter de Constituyentes. Aunque fueron ganadas en términos absolutos por los partidos monárquicos, en la mayoría de las grandes ciudades triunfaron las candidaturas republicanas. La mayor parte de la población interpretó las elecciones municipales del 12 de abril de 1931 como un plebiscito sobre la permanencia de la monarquía, lo que sumado a la victoria en los distritos urbanos de los partidos que habían firmado el Pacto de San Sebastián[1] generó un sentimiento de euforia republicana difícil ya de contener. Ante la imposibilidad de mantener las prerrogativas reales, Alfonso XIII abandona Madrid camino del exilio pero sin abdicar de sus derechos constitucionales y dinásticos.

Las elecciones se celebraron según el procedimiento de la ley electoral de 1907 que en su Título I, articulo 1º identificaba como electores a todos los varones mayores de veinticinco años, y por lo tanto, las mujeres no votaron. La Segunda República Española modificó ampliamente la ley electoral anterior mediante el Decreto del 8 de mayo de 1931[2], permitiendo que las mujeres mayores de veintitrés años independientemente de su estado civil pudieran ser elegibles para todo tipo de comicios, pero no electoras. Paradójicamente podían ostentar un cargo político, pero no podían elegir a sus representantes en el Congreso. En las elecciones a Cortes Constituyentes celebradas el 28 de junio de 1931 en primera vuelta y el 5 de julio en segunda, de un total de 470 diputados sólo tres eran mujeres: Clara Campoamor, Margarita Nelken y Victoria Kent, de ellas, tan sólo la primera había defendido el voto femenino.

Es con la Constitución de 1931 cuando por primera vez en la Historia de España se hace realidad el sufragio universal, y según Clavero (1992)[3], sin limitación alguna, y además, reconocido al máximo nivel jurídico en la Carta Magna. Mientras en Europa se producía un ascenso de las fuerzas de extrema derecha, España accedía a la primera democracia de su historia. Margarita Nelken opinaba “… Por primera vez la personalidad de la mujer española va a ser reconocida por la ley. Por primera vez no se la va a considerar como una eterna menor. La nueva Constitución y, por lo tanto, también el nuevo Código, tendrán en cuenta su capacidad y sus derechos”[4].

En palabras de Álvarez-Uría, “de 1931 a 1939 las mujeres españolas entran en el campo de la política. Esta entrada se materializó cuando obtuvieron escaños como diputadas en el Parlamento; legalizaron el matrimonio civil y el divorcio; conquistaron el derecho al voto, y asumieron cargos de responsabilidad pública (Álvarez-Uría, 2013, p.631). Con la Segunda República española por primera vez se reconocen los derechos de las mujeres a la ciudadanía al poder elegir con sus votos a los representantes en las Cortes[5].

[1] Firmado el 17 de agosto en San Sebastián, en el participaron partidos como Acción Republicana, Acción Republicana de Catalunya, el Partido Radical, la Organización Republicana Galega Autónoma (ORGA) o el Partido Republicano Radical Socialista, además de un grupo de intelectuales que se incorporó a título propio. Ese octubre en Madrid se sumaron las dos organizaciones socialistas, PSOE y UGT. Tan sólo un grupo republicano no se sumó al acuerdo, el Partido Federal Español. El objetivo primordial de este Pacto era lograr la llegada del régimen republicano, y por ello, tras acercar posiciones se decidió terminar con la monarquía de Alfonso XIII y proclamar la Segunda República.

[2] Dos semanas antes se había promulgado un decreto que corregía errores del censo electoral, además de incluir como electores a los varones mayores de 23 y menores de 25, y se introducía la figura del interventor. Aunque este decreto no impedía que fueran elegidas las mujeres (sufragio pasivo), sostenía el sufragio activo masculino.

[3] CLAVERO, B; Manual de Historia Constitucional de España, Alianza, Madrid, 1992, pág. 198.

[4] Margarita Nelken, La mujer ante las Cortes Constituyentes, 1931, p. 5.

[5] La Constitución de 1931 proclamaba la igualdad entre hombres y mujeres y en su art. 23 la igualdad de derechos electorales.

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